Si estoy en período de prueba ¿tengo derecho a una remuneración?

El período de prueba, exigido como requisitos por ciertos empleados del sector privado, según informa Sunafil, debe ser remunerado.

No obstante, algunos empleadores no pagan a los trabajadores durante el período de prueba como condición para tener el puesto, siendo un acto informal que incumple la ley.

¿Qué es el período de prueba?

Es el tiempo en que el empleador evalúa al trabajador para identificar si cumple con los requisitos para asumir el cargo. Sin embargo, el empleador esta en la obligación de registrar en planilla al trabajador desde el primer día que ingresa a brindar servicios, pese a estar en “período de prueba”. 

De igual manera, tiene que reconocerle los beneficios de los derechos laborales y de la seguridad social que le corresponde según la ley. En caso no lo realice, esta cometiendo una falta grave, recibiendo una infracción por cada empleado afectado. 

¿Se puede emitir recibo por honorarios en el período de prueba?

Sunafil comunicó que un trabajador en período de prueba no tendría que emitir recibo por honorarios, ya que, le corresponde a quienes brindan servicios de forma independiente, mientras que, el período de prueba es solo para trabajadores dependientes o sujetos de subordinación. 

Cabe indicar que, este período de prueba limita el derecho a la protección contra el despido arbitrario, por lo cual, tras superarlo, el trabajador tendrá protección contra este tipo de despido.