martes, marzo 28, 2023
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ONP: Conoce los requisitos para cobrar la pensión por viudez

El pasar un proceso de luto por el fallecimiento de un ser querido, es un momento difícil para todos, más aún si es alguien con la que convivió varios años, ya sea su cónyuge o pareja. 

Al ocurrir estos casos, a la persona se le otorga una pensión por la condición en que se encuentra. 

¿Cuál es el monto de pensión si su esposo fallece?

En el país, toda viuda o viudo tiene el derecho de acceder a una pensión, con la condición que su pareja haya sido pensionista y cumpla con algunos requisitos. Por lo cual, se sustenta sobre el Decreto de Ley N.º 19990, que las cónyuges viudas de pensionistas que formen parte de la ONP tienen derecho a ellas. No obstante, la situación cambia para los varones, puesto que solo les corresponde a los mayores de 60 años o inválidos. 

De igual manera, los viudos que cumplan con los requisitos, les corresponde un monto máximo del 50% de lo que le tocaba en vida al asegurado. 

¿Qué otros requisitos hay sobre el pago de pensión por fallecimiento?

  • Si el matrimonio fue celebrado por lo menos 1 año previo al fallecimiento del aportante
  • Antes que cumpla 60 años si fuese hombre o 50 años si fuese mujer. Además, más de 2 años previos al fallecimiento del causante, en caso de haberse celebrado la boda a edad mayor de lo indicado. 

Por otra parte, se excluye de los requisitos relativos a la fecha de celebración del matrimonio en los siguientes casos: 

  • Si el fallecimiento del causante se produjo por un accidente
  • Que hayan tenido 1 o más hijos en común
  • Si la viuda esta en estado grávido a la fecha del fallecimiento del asegurado 

Asimismo, si es que el viudo o viuda inválidos con derecho a pensión requieran de cuidados. Ahora, con los fondos de pensiones particulares, el monto de la subvención es más flexible y puede brindarse hasta el 100% de la pensión que accedía asegurado en vida. 

¿Cuál es el monto de pensión por viudez?

El monto máximo de la pensión por viudez es similar al 100%  de la pensión por jubilación o invalidez del fallecido. 

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