Migraciones: Conocer como tramitar el pasaporte electrónico

La Superintendencia Nacional de Migraciones, es la encargada de tramitar el pasaporte electrónico, el cual contiene un microchip con datos biométricos que son: impresiones dactilares e imagen facial. 

De igual manera, este pasaporte tiene múltiples elementos de seguridad, siendo considerado uno de los documentos de viaje más seguros. 

¿Cómo tramitar el pasaporte electrónico?

Los ciudadanos que van a viajar fuera del país, y tienen planeado tramitar el pasaporte electrónico, el procedimiento es el siguiente: 

  1. Paga por el derecho de trámite (s/98), por derecho de expedición de pasaporte, teniendo la opción de realizar el pago en la plataforma https://pagalo.pe/ con el código 01810, o cualquier agencia del Banco de la Nación. Cabe recordar que, debe tener su DNI a la mano al hacer el pago. 
  2. Obtener la cita: 
  1. Al presentarse a su cita, debe llevar su DNI y recibo de pago, junto con las constancia, con tal de agilizar el tiempo de atención. 
  2. Pase por la toma de foto: el día de su cita, se le tomará la foto para el pasaporte, cuya fotografía debe cumplir normas internacionales: 
  • No usar gafas ni monturas grandes, tampoco lunas que impidan ver los ojos
  • No portar lentes de contacto cosméticos de color.
  • No llevar prendas en la cabeza, sombreros, cerquillos ni cabello cubriendo su rostro
  • No usar piercings en el rostro
  1. Recoja su pasaporte, el cual se entrega el mismo día de la cita. No obstante, si no puede recogerlo el mismo día, tendrá un plazo de 60 días para realizarlo. 

Requisitos para tramitar el pasaporte electrónico

  • DNI en buen estado
  • No contar con multas electorales
  • Declaración jurada de pérdida o robo de pasaporte, de ser el caso

En el caso de los mayores de edad con alguna discapacidad que le impida manifestar su voluntad de manera indubitable, su representante debe presentar lo siguiente: 

  • Presentar copia simple del documento que acredite la representación que invoca, ya sea, mediante una resolución judicial o instrumento público análogo, junto con la carta poder emitida por salvaguarda o apoyo o figura legal afín que lleve la firma legalizada ante un notario público o consultar o apostillado, en caso de intervención de apoderado. 
  • Si el apoyo o salvaguardo o figura legal afín es peruano, debe tener el DNI en buen estado
  • En caso el apoyo o salvaguardo o figura legal afín es extranjero, debe tener su documento de identidad u otro análogo reconocido por el Estado peruano con permanencia o residencia vigente, según corresponda, misma condición en caso de la intervención de apoderado.