El Estado a denominado la entrega del “Bono Escolaridad o Bonificación por Escolaridad” para los que vendrían a ser, trabajadores del sector público, también privado, que cuenten con hijos, como forma de apoyo respecto al pago de estudios colegiales. Esta solo será entregado una vez año.
En lo que vendría a ser a ser, el sector privado, esta bonificación monetaria no es obligatoria y se brinda solo si la compañía quiere darlo como beneficio laboral o es previamente pactado por los sindicatos de esta.
¿A quién le correspondería este bono?
- Funcionarios y servidores nombrados y contratados que se encuentren bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512.
- Docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220.
- Personal del sector salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
- Obreros que se hallen de manera permanente y eventual dentro Sector Público.
- Integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
- Jubilado a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
Los requisitos que se necesitan para poder ser beneficiarios son:
- Laborar a la fecha de la vigencia de la norma.
- Llevar en el servicio con un tiempo no menor de tres meses a la vigencia de la norma.
Actualmente aún no se ha dictado la norma, es decir, se encuentra pendiente cuánto es que será el monto destinado, así como la lista de beneficiarios y fecha de pago. En el 2021, la bonificación para los trabajadores estatales fue de S/. 400.
Cabe mencionar que por el momento tampoco se ha dado a conocer un link que te brinde las listas de los beneficiarios que accederían al subsidio.