El cambiar el orden de los apellidos es un proceso legal posible de llevar a cabo, sin importar si se trata de un mayor de edad o menores representados por su padre o madre. Este proceso es denominado cambio del orden de prelación de apellidos.
¿Cómo se realiza el trámite para cambiar el orden de los apellidos?
De acuerdo con Lorena Férnandez, abogada de familia, se debe comenzar con una demanda ante el Poder Judicial, siendo un proceso donde no existe una contraparte a la cual enfrentarse.
“Cualquier persona, sea una mamá favor de su hijo o una persona adulta, puede hacer esta demanda. La diferencia es que, si estamos hablando de un menor de edad, evidentemente va a ser la madre quien lo va a representar y hacer la demanda», mencionó en una entrevista a un medio local.
¿Cuánto demora y de cuánto es el costo del trámite?
La letrada indicó que esto puede tardar entre 1 año y medio como mínimo, para que la sentencia se declare consentida.
Asimismo, respecto a los costos, para comenzar el proceso, se requiere hasta 2 cédulas de notificación que cuestan s/5.10 cada una, además de un arancel que bordea los 80 soles.
¿Se puede fusionar el apellido materno y paterno para crear uno nuevo?
Según Fernández, el Art. 20 del Código Civil estipula que a los hijos les corresponde el primer apellido del padre y el primer apellido de la madre, sin embargo, no especifica el orden de prelación, razón por la cual, se podría alterar.
“Sin embargo, no se puede hacer una fusión porque corresponde el apellido como tal, sea el primero paterno o el primer materno. El orden de prelación, mediante una sentencia, permite variar a posterioridad, pero no componerlos”, destacó.
Si pongo mi apellido a mi hijo ¿dejaré de recibir la pensión del padre?
En el nacimiento de un bebé, la madre puede declarar con sus apellidos o con el del padre, en caso este ausente. Sin embargo, si el padre no firma, no hay lo que se denomina afiliación.
La abogada comentó que este no es un problema del todo, dado que, la madre puede comenzar el proceso de filiación, pese a no haberse colocado el apellido del padre, el juez puede ordenar una prueba de ADN.
Respecto al plazo de 10 días, el progenitor tiene que cumplir con el mandato, caso contrario, se declara la paternidad y deberá cumplir con sus obligaciones, dentro de las cuales esta la pensión de alimentos.